Facultad de Fiscalización

Una de las partes principales del proceso administrativo en las organizaciones es el control que no es sino la verificación que se viene ejecutando todo de acudo a lo planificado y al cumplimiento de procedimientos establecidos. El control tiene por objetivo principal detectar las inconsistencias a tiempo y proponer acciones para corregirlas antes que el problema sea mayor. Se tienen diferentes tipos de control como administrativo, financiero, producción, etc.

La Administración Tributaria tiene la facultad de determinación y fiscalización para verificar la veracidad de la información declarada por el contribuyente, las mismas que se encuentran contenidas en el código tributario, principalmente en los artículos 59 al 62-A.

Importante

La SUNAT ejerce su facultad de determinación de la deuda tributaria sobre base cierta y base presunta. Mas información aquí

Inicio del Procedimiento

El Procedimiento de Fiscalización se inicia en la fecha en que surte efectos la notificación al Sujeto Fiscalizado de la Carta que presenta al Agente Fiscalizador y el primer Requerimiento. De notificarse los referidos documentos en fechas distintas, el procedimiento se considerará iniciado en la fecha en que surte efectos la notificación del último documento.

El agente fiscalizador, cuando corresponda, se identificará exhibiendo, ante el sujeto fiscalizado, su documento de identificación institucional o, en su defecto, su documento nacional de identidad.

El Sujeto Fiscalizado podrá acceder a la página web de la SUNAT y/o comunicarse con ésta vía telefónica para comprobar la identidad del Agente Fiscalizador.

Tipos de Fiscalización :

Fiscalización definitiva:

  • Auditoría exhaustiva de libros, registros y documentos del contribuyente
  • Periodo y tributo determinado
  • Plazo de un año

Fiscalización parcial:

  • Se revisa uno o algunos elementos de la obligación tributaria
  • Plazo de 6 meses

Procedimiento de fiscalización parcial electrónica:

  • Es producto del análisis de la información proveniente de las declaraciones del propio deudor o de terceros o de los libros, registros o documentos que la SUNAT almacena, archiva y conserva en sus sistemas.
  • Mayor información del procedimiento de fiscalización parcial electrónica así como video tutorial y manual de usuario podrá encontrarlos aquí