Exporta Fácil

Sistema Exporta Fácil

Es un mecanismo promotor de exportaciones diseñado principalmente para el micro y pequeño empresario, mediante el cual podrá acceder a mercados internacionales a través de Serpost S.A.

Pueden acceder al ExportaFacil las personas naturales o empresas que exporten mercancías con fines comerciales por un valor que no podrá exceder de US$7500 ni los 30 Kg de peso, para lo cual el exportador deberá contar con el Registro Único de Contribuyentes (RUC) activo y no tener la condición de no hallado o no habido.

Beneficios del Exporta Fácil

  • Te permite iniciar el trámite de exportación desde la comodidad de tu hogar, oficina o cabina de internet y desde cualquier ciudad del país.

  • Puedes colocar tus productos en otros países de manera simple, económica y segura.

  • Es un trámite aduanero sencillo, ágil y sin costo.

  • Puedes realizar el seguimiento de tus envíos por internet.

Requisitos y Documentos

  • RUC: Registro informático a cargo de la SUNAT donde se encuentran inscritos los contribuyentes de todo el país; número de identificación del contribuyente ante la SUNAT, de uso obligatorio.

  • Clave SOL: Conjunto de letras y números que conforman una identificación secreta que permite ser reconocido por los sistemas informáticos; puede obtenerla gratuitamente en cualquier Centro de Servicios al Contribuyente de la SUNAT, en todo el territorio nacional.

  • Factura ó Boleta de Venta: El comprobante de Pago a presentar debe cumplir con la normatividad del Reglamento de Comprobantes de Pago.

  • Documento de Control: En el caso de mercancías restringidas: Los documentos registrados en el portal de la VUCE ó fotocopia autenticada por el agente de aduana de la autorización o documento de control o declaración jurada suscrita por el representante legal del importador en los casos que la norma específica lo señale.

  • Certificado de Origen: Fotocopia autenticada del certificado de origen, cuando corresponda.

  • Otros documentos que la naturaleza del despacho exija. Cabe precisar que pudieran tratarse de mercancías restringidas o prohibidas.

Mercancías prohibidas

Las mercancías prohibidas son aquellas que por mandato legal se encuentran prohibidas de ingresar o salir del territorio nacional.

Mercancías restringidas

Las mercancías restringidas son aquellas que por mandato legal requieren la autorización de una o más entidades competentes para ser sometidas a un determinado régimen aduanero.

Objetivo de prohibir o restringir una mercancía

Proteger o preservar la salud y vida de las personas, la moral pública, el patrimonio histórico y cultural, así como conservar los recursos naturales, entre otros objetivos.

Consecuencias de introducir o extraer ilícitamente mercancías cuya importación o exportación están prohibidas o restringidas en el país

Además de las sanciones administrativas (multas, cierres de locales, etc.), aquella persona que utilizando cualquier medio o artificio o infringiendo normas específicas introduzca o extraiga del país mercancías por cuantía superior a cuatro (4) Unidades Impositivas Tributarias cuya importación o exportación está prohibida o restringida, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de ocho ni mayor de doce años y con setecientos treinta a mil cuatrocientos sesenta días-multa, conforme lo establece el artículo 8° de la Ley de Delitos Aduaneros –Ley N° 28008.

Documentos autorizantes para mercancías restringidas se pueden gestionar y obtener mediante el portal de la Ventanilla Única de Comercio Exterior – VUCE

La Ventanilla Única de Comercio Exterior (VUCE), su definición oficial para el componente de mercancías restringidas lo encontramos en el Decreto Supremo N° 010-2010-MINCETUR, publicado en El Peruano el 09.07.2010, así tenemos que la VUCE es el medio por el que se "permite a los administrados realizar, por medios electrónicos, los trámites requeridos para la obtención de permisos, certificaciones, licencias y demás autorizaciones exigidas para el ingreso, tránsito o salida de mercancías".

El objetivo de la VUCE es prescindir de la documentación física y que a futuro solo se manejen documentos electrónicos en calidad de documentos resolutivos.

Documento Resolutivo

El documento resolutivo (DR) es aquel en el que consta el acto administrativo emitido por las entidades competentes, mediante el cual se otorga o deniega permisos, registros, certificaciones, licencias y demás autorizaciones solicitadas por los administrados para el ingreso, tránsito o salida de mercancías restringidas.

Este documento resolutivo, emitido por medio de la VUCE, posee la misma validez y eficacia jurídica que la realizada por medios convencionales. Puede encontrar información adicional en el mismo portal de la VUCE: www.vuce.gob.pe 

Si deseas mayor información ingresa aquí
 

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