¿Que es el RUC?

El Registro Único de Contribuyentes (RUC)  es un número, único, de once dígitos que te identifica como contribuyente, seas persona jurídica o persona natural, donde deben inscribirse los ciudadanos que desarrollan actividades económicas, y constituye una base de datos cuya información debe ser actualizada permanentemente por las personas inscritas y por la misma SUNAT. La inscripción en el RUC formalizará tu actividad comercial o productiva ante los demás ciudadanos.

ruc

Formas de inscribirte en el RUC

Recuerda que antes de inscribirte en el RUC, debes saber el régimen tributario por el cual tu negocio o empresa tributará, para conocer estos haz clic aquí.

Existen 2 formas de inscribirse al RUC, de manera digital y de manera presencial.

A continuación, te mostraremos como se realiza cada una.

Inscripción Digital

Este tipo de trámite se realiza de manera virtual de manera fácil y sencilla los 7 días a la semana las 24 horas al día, y los requisitos para la inscripción digital al RUC para los negocios o empresas, son los siguientes:

Persona Natural con negocio

Persona Jurídica

Se puede realizar de 2 maneras, a través de:

(Solo para personas naturales identificadas con DNI)

Previamente, debes constituir tu empresa en Sunarp a través del sistema Sid-Sunarp, la entidad incluirá en tu ficha de inscripción un número RUC inactivo.

Por ese motivo, debes activar tu RUC de persona jurídica virtualmente a través de Sunat Operaciones en Línea (SOL) por medio de SUNAT Virtual.

Recuerda que deberás hacer la inscripción de manera presencial si los sujetos son distintos a sociedades o empresas (asociaciones, consorcios, etc.).

Inscripción Presencial

Estos trámites se realizan presencialmente en los Centros de Servicios que tiene la SUNAT a nivel nacional, y la documentación que debe presentar es la siguiente:

Persona Natural con negocio

Persona Jurídica

- Si el trámite lo realiza el mismo titular:

  • DNI (El último emitido por la RENIEC).
  • Cuando el documento es distinto a DNI, a excepción del carné de extranjería, deberá presentar original y copia, además de cualquier documento privado o público que sustente el domicilio fiscal.

- Además, si el trámite lo hace una tercera persona:

  • Carta poder con firma legalizada notarialmente o autenticada por fedatario de Sunat, con autorización expresa para realizar la inscripción en el RUC (solo presencial).
  • Si la dirección a registrar es distinta a la del DNI: cualquier documento privado o público en que figure dicho domicilio fiscal
  • Formulario 2119 completo con la firma del representante legal (solo presencial).

- Si el trámite lo realiza el mismo titular:

  • El representante legal deberá presentar su DNI (El último emitido por la RENIEC), y cuando el documento es distinto a DNI, a excepción del carné de extranjería, deberá presentar original y copia.
  • Original o escaneado de documento privado o público en el que conste la dirección del domicilio fiscal que se declara.
  • Original y copia de partida registral certificada (ficha o partida electrónica) por los Registros Públicos, con antigüedad no mayor a 30 días calendario.

- Además, si el trámite lo hace una tercera persona:

¿Cómo obtengo la Clave SOL?
  1. Desde SUNAT Virtual (www.sunat.gob.pe) (celular, laptop o PC). Ingresa aquí. (*)

  2. Desde el APP Personas. Para ver procedimiento, ingresa aquí. (*)

(*) Sólo para personas naturales identificadas con DNI 

Importante

Nuevos obligados a inscribirse en el RUC

Recuerda que deben inscribirse en el RUC las personas naturales y sucesiones indivisas que:

  • Sean propietarios de 5 o más predios en el país y/o en el extranjero cuyo valor conjunto supere 126 UIT.
  • Sean titulares de acciones y/o participaciones de sociedades cuyo valor supere 100 UIT.
  • Hayan acumulado adquisiciones de bienes sujetos al régimen de percepciones del IGV superiores a 10 UIT.
  • Posean un saldo total, en sus cuentas en el sistema financiero, mayor a las 300 UIT.

También aquellas que realizan actos ante empresas del sistema financiero y de seguros, y que:

  • Soliciten créditos corporativos cuyo monto exceda las 10 UIT.
  • Contraten el SOAT como personas naturales cuando se trata de vehículos de carga pesada de las categorías N2 y N3.

La SUNAT está facultada para inscribir de oficio en el RUC a los sujetos que no cumplan con hacerlo en el plazo indicado.

Para más información ingrese aquí

Preguntas y respuestas

Sí, los menores de edad, entre 16 y 18 años, con capacidad adquirida por matrimonio o título oficial que les autorice para ejercer un oficio, que cuenten con DNI azul.

Respecto de otros menores de edad, entre 16 y 18 años, con incapacidad relativa, se pueden inscribir en el RUC a través de su representante legal (padre, madre o tutor legal del menor).

Para obtener el RUC, el pasaporte debe contar con visa que le permita realizar en el Perú actividades generadoras de renta, de acuerdo a lo señalado en las normas legales que regulan su calidad migratoria, salvo tratado, convenio o acuerdo vigentes que permitan la realización de actividades generadoras de renta sin necesidad de contar con una visa.

Sí, toda vez que la Resolución de Superintendencia Nº 000121-2020-Migraciones establece que la Constancia de Emisión de Carné de Extranjería y la Constancia de Emisión de Carné de PTP, tienen la misma validez que el Carné de extranjería y el Carné de PTP, respectivamente.