¿Que es el RUC?
El Registro Único de Contribuyentes (RUC) es un número, único, de once dígitos que te identifica como contribuyente, seas persona jurídica o persona natural, donde deben inscribirse los ciudadanos que desarrollan actividades económicas, y constituye una base de datos cuya información debe ser actualizada permanentemente por las personas inscritas y por la misma SUNAT. La inscripción en el RUC formalizará tu actividad comercial o productiva ante los demás ciudadanos.
Formas de inscribirte en el RUC
Recuerda que antes de inscribirte en el RUC, debes saber el régimen tributario por el cual tu negocio o empresa tributará, para conocer estos haz clic aquí.
Existen 2 formas de inscribirse al RUC, de manera digital y de manera presencial.
A continuación, te mostraremos como se realiza cada una.
Inscripción Digital
Este tipo de trámite se realiza de manera virtual de manera fácil y sencilla los 7 días a la semana las 24 horas al día, y los requisitos para la inscripción digital al RUC para los negocios o empresas, son los siguientes:
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Persona Natural con negocio |
Persona Jurídica |
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Se puede realizar de 2 maneras, a través de: (Solo para personas naturales identificadas con DNI) |
Previamente, debes constituir tu empresa en Sunarp a través del sistema Sid-Sunarp, la entidad incluirá en tu ficha de inscripción un número RUC inactivo. Por ese motivo, debes activar tu RUC de persona jurídica virtualmente a través de Sunat Operaciones en Línea (SOL) por medio de SUNAT Virtual. Recuerda que deberás hacer la inscripción de manera presencial si los sujetos son distintos a sociedades o empresas (asociaciones, consorcios, etc.). |
Inscripción Presencial
Estos trámites se realizan presencialmente en los Centros de Servicios que tiene la SUNAT a nivel nacional, y la documentación que debe presentar es la siguiente:
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Persona Natural con negocio |
Persona Jurídica |
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- Si el trámite lo realiza el mismo titular:
- Además, si el trámite lo hace una tercera persona:
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- Si el trámite lo realiza el mismo titular:
- Además, si el trámite lo hace una tercera persona:
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¿Cómo obtengo la Clave SOL?
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Desde SUNAT Virtual (www.sunat.gob.pe) (celular, laptop o PC). Ingresa aquí. (*)
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Desde el APP Personas. Para ver procedimiento, ingresa aquí. (*)
(*) Sólo para personas naturales identificadas con DNI
Nuevos obligados a inscribirse en el RUC
Recuerda que deben inscribirse en el RUC las personas naturales y sucesiones indivisas que:
- Sean propietarios de 5 o más predios en el país y/o en el extranjero cuyo valor conjunto supere 126 UIT.
- Sean titulares de acciones y/o participaciones de sociedades cuyo valor supere 100 UIT.
- Hayan acumulado adquisiciones de bienes sujetos al régimen de percepciones del IGV superiores a 10 UIT.
- Posean un saldo total, en sus cuentas en el sistema financiero, mayor a las 300 UIT.
También aquellas que realizan actos ante empresas del sistema financiero y de seguros, y que:
- Soliciten créditos corporativos cuyo monto exceda las 10 UIT.
- Contraten el SOAT como personas naturales cuando se trata de vehículos de carga pesada de las categorías N2 y N3.
La SUNAT está facultada para inscribir de oficio en el RUC a los sujetos que no cumplan con hacerlo en el plazo indicado.
Para más información ingrese aquí
Sí, los menores de edad, entre 16 y 18 años, con capacidad adquirida por matrimonio o título oficial que les autorice para ejercer un oficio, que cuenten con DNI azul.
Respecto de otros menores de edad, entre 16 y 18 años, con incapacidad relativa, se pueden inscribir en el RUC a través de su representante legal (padre, madre o tutor legal del menor).
Para obtener el RUC, el pasaporte debe contar con visa que le permita realizar en el Perú actividades generadoras de renta, de acuerdo a lo señalado en las normas legales que regulan su calidad migratoria, salvo tratado, convenio o acuerdo vigentes que permitan la realización de actividades generadoras de renta sin necesidad de contar con una visa.
Sí, toda vez que la Resolución de Superintendencia Nº 000121-2020-Migraciones establece que la Constancia de Emisión de Carné de Extranjería y la Constancia de Emisión de Carné de PTP, tienen la misma validez que el Carné de extranjería y el Carné de PTP, respectivamente.