Cuestionario RUC

Pregunta 1

Question

¿Pueden acogerse al Régimen Especial de Renta, las personas que perciban comisiones por ventas?

Answer

Si, siempre que emitan solo boletas de venta.

Si, siempre que sus ventas no superen las 1,700 UIT.

No, el Régimen Especial de Renta es solo para los que brindan servicios.

No pueden acogerse al Régimen Especial, las personas que perciban comisiones en tanto se encuentran excluidos expresamente.

No, las comisiones son rentas de Cuarta categoría por lo deben emitir recibos por honorarios.